También la venta de partes de fideicomisos para construcción pagará Ganancias



Al gravar la renta financiera, el proyecto de reforma impositiva del Gobierno incluiría la renta por la transferencia de derechos en fideicomisos a una tasa de 15% sobre la Ganancia obtenida. Esto impacta de lleno en los fideicomisos para la construcción, ya que había una zona gris donde si un profesional invertía en uno o dos fondos y luego iba pasando a otros sin nunca llegar a la etapa de adjudicación del inmueble, sino aprovechando una exención para hacer una inversión más rentable, estaba en una zona tributaria "gris" y podía no pagar nunca Ganancias, al no ser considerado "habitualista", al mismo tiempo que el fideicomiso tributa el gravamen.

Sebastián Mancuso, del Grupo GNP, indicó que ahora se equipara la cesión de derechos del fideicomiso inmobiliario con la venta de la segunda vivienda y se busca terminar con una zona gris, que aprovechaban quienes podían aducir que no eran habitualistas.

Hasta ahora, "dado el carácter oneroso de la transferencia del dominio del inmueble (terreno) por el fiduciante aportante persona física al fondo fiduciario, atento a que hay una contraprestación futura (unidades funcionales), dicha operación resulta alcanzada por el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI), ello en la medida en que no exista habitualidad, en cuyo caso tributaría Impuesto a las Ganancias", según ya dictaminó la AFIP.

Si el contrato del fideicomiso prevé que pueden adquirir el carácter de beneficiarios del mismo, además de los fiduciantes aquellos a los que les cedan derechos, será el fideicomiso quien revestirá el carácter de sujeto del impuesto.

Esto es sin perjuicio de que ahora el fiduciante también deberá pagar Ganancias por la renta que le deje la venta de su parte en el fideicomiso.


Fuente: CIA - Cámara Inmobiliaria Argentina

0 comentarios:

Publicar un comentario

PROPIEDADES: